El Seguro de Caución es el instrumento de Garantía mediante el cual una Compañía de Seguros (el Asegurador) le garantiza al Comitente o Beneficiario de un contrato (el Asegurado) el cumplimiento de las obligaciones de hacer o de dar que un tercero (el Tomador) ha asumido en el mencionado contrato.
Es la garantía que el oferente en una licitación presenta al ente licitante para garantizar el mantenimiento de su propuesta durante el plazo fijado en las Bases de la Licitación y, en caso de resultar adjudicatario, concurrir a firmar el respectivo contrato y presentar la garantía de Ejecución de Contrato.
Es la póliza que debe presentar el adjudicatario de un contrato para garantizar el cumplimiento en tiempo y forma de sus obligaciones contractuales.
Es la póliza que el Tomador presenta para garantizar la adecuada aplicación del dinero recibido como ayuda financiera para el normal desarrollo del contrato.
Es la garantía que el Tomador presenta ante el Comitente para responder por la reparación de los defectos de construcción o vicios ocultos que se manifiesten durante el período de garantía de la obra o del suministro. Mediante esta cobertura el Constructor o Proveedor sustituye las retenciones que efectúa el Contratante para constituir el fondo de garantía correspondiente
Son las que deben constituir las partes de un proceso judicial para garantizas las obligaciones derivadas de determinadas situaciones procesales. Sustitución de medidas cautelares Son las garantías que se constituyen para sustituir las medidas cautelares decretadas judicialmente.
Garantiza al Asegurado el desarrollo de la actividad o profesión de acuerdo con las normas legales o reglamentarias.
Son aquellas que debe constituir el locatario de un inmueble para garantizar el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el contrato de alquiler respectivo.
Estas pólizas cubren:
a) Los alquileres impagos y multas pactadas en el contrato.
b) La sustitución del depósito que responde por el resto de las obligaciones contractuales.
Garantiza al asegurado hayan prestado servicios de mano de obra o suministrado materiales a el contratista, que recibirán las sumas que éste les adeude, no pagadas, en concepto de mano de obra prestada o materiales suministrados en cumplimiento de la obra objeto de el contrato.